No puede sostenerse la ausencia de reglamentación del sector más importante del trabajo femenino

10/12/2012 - Argentina 

 

Foto destacada: Tomada durante el I Encuentro Regional Cono Sur del Programa Construyendo una agenda de derechos laborales de las mujeres, organizado por el Fondo de Mujeres del Sur los días 3 y 4 de noviembre en la Ciudad de Córdoba.

Con la media sanción que semanas atrás dio el Senado el proyecto de Ley de Régimen Especial de Contrato de Trabajo de Personal de Casas Particulares, estaríamos muy cerca de lograr un nuevo régimen laboral para las personas empleadas de casas particulares, el 98% de las cuales son mujeres. Esto pondría a Argentina a la par de otros países de América Latina que ya avanzaron en los últimos años en la regulación del sector. Sin embargo, aún falta que el Poder Ejecutivo pida que el proyecto sea tratado en las sesiones extraordinarias del verano ya que caduca el 28 de febrero. 

El jueves 29 de noviembre, la Cámara Alta aprobó el proyecto de Ley de Régimen Especial de Contrato de Trabajo de Personal de Casas Particulares, que regula la actividad de un sector integrado en un 98% por mujeres que representan el 14% de la población económicamente activa de la Argentina, aproximadamente un millón de mujeres. Sin embargo, el proyecto debe volver a la Cámara de Diputadas/os para transformarse en ley ya que el Senado hizo modificaciones a la media sanción que le había llegado de la Cámara Baja. Y esto debe suceder antes del 28 de febrero, cuando el proyecto caduca luego de haber sido presentado por la presidenta en la apertura de sesiones extraordinarias del 2010. 

El proyecto aprobado por el Senado en particular el jueves 29 mantiene sustancialmente las transformaciones propuestas por el Poder Ejecutivo y aprobadas por la Cámara Baja, esto es la asimilación del trabajo en casas particulares al resto de los trabajos, con características no discriminatorias para el sector. Las personas empleadas en casas particulares se rigen actualmente por el Decreto-Ley 326/56 y por su Decreto Reglamentario 7979/56, ambos emitidos durante la dictadura militar liderada por Pedro Aramburu. Se trata de una norma discriminatoria y carente de derechos que, entre otras cosas, permite jornadas laborales de 12 horas, que la persona empleadora despida a la persona empleada si tiene una enfermedad que dure más de un mes, y no incluye licencias por maternidad (aunque la casi totalidad del sector sean mujeres). 

De acuerdo a una investigación de la Subsecretaría de Programación Técnica y Estudios Laborales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del 2009: el 13,9% de la población femenina económicamente activa de Argentina está empleada en este sector, que se constituye así en el más importante para las mujeres, particularmente para las mayores de 40 años. A su vez, las mujeres empleadas en este sector son jefas de hogar en mayor cantidad que las que tienen otros trabajos, tienen pocos estudios –la mayoría no completó el secundario- y muchas de ellas migrantes –internas o de países limítrofes o cercanos-.

Argentina está retrasada en relación a otros países de América Latina en el reconocimiento de derechos de las personas de este sector. Según la investigación ¿De cortocircuitos a sinergias? Determinantes de las políticas de conciliación entre trabajo y familia en América Latina, realizada por MerikeBlofield y Juliana MartinezFranzoni sobre cinco países de la región (Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica y Uruguay), Argentina es el único país que no hizo transformaciones en el status laboral del sector durante los últimos doce años. Acá sólo se reconocen la seguridad social a las personas empleadas en casas particulares, mientras que en países como Costa Rica y Uruguay disponen además de licencia por maternidad, salario mínimo nacional, vacaciones y jornada laboral equiparadas. 

Que haya sido tan postergada la equiparación de derechos de un sector en el que mayoritariamente se desempeñan mujeres tiene relación con la postergación e invisibilización histórica de los derechos humanos de las mismas. El trabajo en casas particulares es un oficio que históricamente desempeñaron mujeres con bajos recursos como una extensión de su condición femenina, ya que en la construcción simbólica del patriarcado se consideró que las mujeres, como tales, tenemos “naturalmente” incorporadas las cualidades necesarias tanto para el mantenimiento y limpieza de los hogares como para el cuidado de niñas y niños, condición que no se presupone de los varones. En un informe reciente del Observatorio para la Discriminación en Radio y Televisión sobre cómo esta construcción y violencia simbólica anclan en violencia mediática, particularmente en productos de ficción, se señala: “(en los productos analizados)… no sólo no se cuestiona la división social del trabajo entre varones y mujeres sino que, en general, tampoco se visibiliza que hay mujeres que contratan a otras para aliviar ‘la doble jornada’, mientras que otras están cumpliendo funciones de reproducción tanto fuera como dentro de su propio espacio doméstico. Asimismo, no se visibiliza la diversidad existente entre las mujeres que se desempeñan en estas actividades, así como se apela a viejos estereotipos para describirlas. Tampoco hay espacio para reflexionar por qué a estas y estos trabajadoras/es se les exige mayor lealtad y compromiso con sus empleadoras/es, aunque su sector figura entre uno de los más explotados y discriminados de la sociedad“.

El debate en las Cámaras

El proyecto que saldrá del Parlamento, si es tratado por la Cámara Baja en sesiones extraordinarias, contempla transformaciones sustanciales para el sector: jornadas limitadas de 8 horas diarias y 48 horas semanales, pago de horas extras, licencia por enfermedad de 3 a 6 meses, y licencia por maternidad de 90 dias, entre otros garantías de derechos en relación al decreto actual. “Lo que siempre buscamos desde el gremio fue la modificación del estatus de trabajo, que se respeten los derechos plenos, y esto está garantizado tanto en el proyecto de la Cámara Baja como en el del Senado, así que estamos conformes –señala Carlos Brasesco, apoderado de la Unión Personal de Casa Particulares (UPACP)-.“ Norma Sanchís, integrante de la organización Lola Mora, tiene una posición similar: “Mi idea no es ponerme en el detalle más riguroso porque el exceso de perfeccionismo puede trabar las propuestas. Esta norma en cualquiera de sus dos versiones es indudablemente un avance enorme. Las leyes siempre pueden ser mejoradas, lo que no puede sostenerse es la ausencia de reglamentación del sector más importante del trabajo femenino.” 

Los dos temas con diferente acercamiento entre ambas cámaras se vinculan al costo económico de la actividad a partir de su reglamentación. Por un lado, si las personas empleadas en el sector podrán o no acceder a la Asignación Universal por Hijo (AUH). En este sentido el proyecto del Senado es más amplio ya que fija el límite no en la categoría de la persona empleada sino en la remuneración, que debe ser inferior al mínimo vital y móvil para tener acceso a la AUH. 

El otro aspecto en discordia tiene que ver con el incremento que tendrían los aportes para el sector empleador. Actualmente, la obra social y jubilación no superan el 4% de un sueldo mínimo, y si se suma el seguro asciende al 7%. La propuesta que salió de la Cámara Baja en cambio, subía los aportes (sumando otros ítems como asignaciones familiares y licencias por maternidad) aproximadamente al 30%. La propuesta salida del Senado, en cambio, dejaba para una etapa posterior a la aprobación de la ley por parte del parlamento, la forma de implementación de los aportes. “El tema básicamente es si el Estado subsidia o no la actividad –señala Brasesco-. Nosotros como gremio creemos que 30% es un aporte muy alto, que debería estar entre un 12% y 15% del sueldo de la persona empleada.” 

Aunque el Senado aprobó el proyecto en particular, y a último momento, hace 10 días, aún no fue ingresado a la Comisión de Legislación del Trabajo. Tampoco está previsto aún si habrá sesiones extraordinarias durante el verano en el Parlamento y desde el Poder Ejecutivo no hubo hasta la fecha indicación de abordar este tema durante las mismas. Si el proyecto no es tratado por la Cámara Baja en enero o febrero, el 28 de febrero perderá estado parlamentario ya que fue presentado en marzo del 2010 y luego prorrogado durante el 2012. 

Fuente: COMUNICAR IGUALDAD 

Para mayor información: 
http://www.comunicarigualdad.com.ar/no-puede-sostenerse-la-ausencia-de-reglamentacion-del-sector-mas-importante-del-trabajo-femenino/