Las tareas de cuidado limitan los salarios de las mujeres

15/03/2013 - Argentina

 

El Centro de Estudios Mujeres y Trabajo de la Argentina (Cemyt) integrado a la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), acaba de publicar el informe Inequidades laborales. Las brechas de género en el trabajo y en los salarios-coordinado por Estela Diaz y cuya investigación estuvo a cargo de Nora Goren- en el que un hallazgo importante fue que las mujeres no perciben los mismos salarios que los varones porque debido a sus responsabilidades como cuidadoras no pueden acceder al mismo tipo de empleo. Según las autoras, debemos comenzar a pensar en reclamar salarios iguales por trabajos de igual valor, en lugar de salarios iguales por el mismo trabajo. Reproducimos a continuación las reflexiones finales y la posibilidad de descargar el informe. 

COMUNICAR IGUALDAD- Este trabajo busca brindar herramientas para pensar en políticas que promuevan la igualdad entre mujeres y varones, dando cuenta de quiénes son las mujeres que salen y no salen al mercado de trabajo, cuáles son los factores que inhiben y/o habilitan su participación.

El nivel de instrucción alcanzado, las responsabilidades familiares, el cuidado de adultos mayores condicionan y/o inhiben la participación de las mujeres. También la forma que la misma asume, los tipos de trabajo a los que pueden acceder y el ingreso por ellos percibidos, son variables que de manera conjunta y sinérgica se debe considerar a la hora de evaluar la presencia femenina en el trabajo remunerado. Las mujeres de menores recursos y menores niveles de instrucción ingresan al mercado de trabajo en ocupaciones donde perciben menores retribuciones que sus pares varones.

Las mujeres no perciben el mismo salario, sobre todo porque no ocupan los mismos empleos que los varones, lo que puede ser explicado por la segregación ocupacional tanto vertical como horizontal. Mujeres y varones no hacen los mismos trabajos, ni en la casa ni fuera de ella, así como tampoco trabajan la misma cantidad de horas en el trabajo remunerado. De ahí la importancia de no reclamar salarios iguales por el mismo trabajo sino salarios iguales por trabajos de igual valor.

En trabajos anteriores hemos aportado una serie de iniciativas orientadas a generar políticas, reformas legislativas y acuerdos tripartitos, para enfrentar estas desigualdades. Sabemos del componente estructural y estructurante de la división social y sexual del trabajo, pero también existen experiencias que han logrado reducir significativamente las asimetrías presentes. No habrá cambios significativos en la histórica desigualdad en el mundo laboral, sin abordar políticas activas para su reducción.

Para mayor información:
http://www.comunicarigualdad.com.ar/3463/


 

Con el mismo derecho

14/03/2013 - Argentina

 

Diputados convirtió en ley el régimen de trabajo para empleadas domésticas, postergado durante años. Iguala los derechos de otras relaciones de dependencia sin un piso mínimo de horas trabajadas.

La Cámara de Diputados aprobó ayer por unanimidad y convirtió en ley un régimen que regula las relaciones laborales de los trabajadores de casas particulares. La iniciativa que obtuvo el voto favorable de todos los diputados presentes en el recinto amplía los derechos de los asalariados del sector al incluir la licencia por maternidad, vacaciones pagas, aguinaldo e indemnización por despido, y limita la jornada de trabajo a ocho horas diarias y 48 semanales. La nueva legislación, que recibió el apoyo de la mayoría de los bloques, aunque con observaciones, modifica un “decreto-ley” vigente desde 1956 dictado por la dictadura del general Pedro Eugenio Aramburu. El nivel de cumplimiento de los hogares empleadores con la normativa vigente es muy escaso y la precariedad laboral en el sector alcanza al 80 por ciento de los trabajadores. Ese escenario se conjuga, en muchos casos, con situaciones de reducción a la servidumbre y vasallaje.

Luego de un homenaje a Hugo Chávez, y antes de celebrar la elección de Jorge Bergoglio como Papa, la Cámara baja aprobó la legislación que moderniza el marco regulatorio y amplía derechos para 1,2 millón de trabajadores (en su gran mayoría, mujeres) de casas particulares del país. “Esta ley tuvo un objetivo claro: otorgarles el mismo derecho que tiene el resto de los trabajadores. Las trabajadoras de casa de familia tuvieron durante décadas un régimen jurídico adverso que, sumado a una evasión previsional indigna, las privaba de un principio básico como es la ciudadanía laboral”, señaló ayer el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, que estuvo presente durante la sesión.

El proyecto había sido enviado al Congreso por el Poder Ejecutivo en 2010, pero fue aprobado con modificaciones por Diputados y cajoneado en el Senado, donde incluso encontró el rechazo temporal de legisladores del Frente para la Victoria. Esta vez la iniciativa recibió el apoyo unánime, aunque algunos bloques hicieron observaciones.

Más del 80 por ciento de las trabajadoras de casas particulares no se encuentran registradas en la seguridad social y, por lo tanto, no acceden a obra social, protección frente al despido o cobertura por accidentes de trabajo. El salario mensual que perciben es la mitad del que obtienen en promedio el resto de los trabajadores informales y apenas la cuarta parte del que logran los asalariados registrados.

- Ambito de aplicación: Hasta ahora, si la jornada no llega a cuatro horas por día y cuatro días de trabajo por semana, no se la considera trabajadora doméstica y no tiene derechos laborales. Ahora la ley regirá cualquiera sea la extensión de la jornada laboral. La nueva legislación crea los elementos para comenzar a abordar esos difundidos abusos e inequidades.

- Jornada de trabajo: Se establece una jornada limitada de ocho horas diarias y 48 horas semanales, con un descanso de 35 horas corridas. Para el personal sin retiro se fija un reposo nocturno de ocho horas ininterrumpidas y un descanso diario de dos horas entre las tareas matutinas y vespertinas.

- Vacaciones: La nueva norma extiende la licencia anual paga a 14, 21, 28 o 35 días, según la antigüedad de la trabajadora. Antes el empleador fijaba el momento del año para tomarse la licencia y ahora deberá otorgarse entre el 1º de noviembre y el 31 de marzo, y abonarse antes de su comienzo.

- Maternidad: El decreto de la (autodenominada) Revolución Libertadora no contemplaba ninguna protección para las trabajadoras embarazadas. Ahora se prohíbe el trabajo durante los 45 días anteriores y posteriores al parto. Durante esa licencia, la trabajadora conservará su empleo y accederá a las asignaciones que le confieran los sistemas de seguridad social equivalentes a su remuneración. Cuando el empleador decida despedirla por causa del embarazo –si sucede siete meses y medio antes o después del parto, siempre que haya sido notificado– deberá abonar una indemnización equivalente al despido sin causa más un año de remuneraciones.

- Nuevas licencias especiales: En el caso de matrimonio, corresponden 10 días. Por fallecimiento de cónyuge, conviviente, hijos o padres son dos días corridos, y por rendir exámenes otros dos días (con un máximo de 10 días por año calendario).

- Indemnización por despido sin causa: La normativa de 1956 requería una antigüedad mayor a un año en el empleo para acceder a una indemnización de medio mes de sueldo por año de servicio. Ahora corresponde el equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio sobre la base de la mejor remuneración mensual. La indemnización nunca podrá ser menor a un mes de sueldo y se duplica si se trata de una relación laboral no registrada.

Fuente: Página 12

Para mayor información: http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-215787-2013-03-14.html


 

Cómo son las vacaciones del empleo en el hogar

07/01/2013 - Argentina 

 

No hay lugar a equívocos. Son un derecho y una obligación para la patronal las vacaciones para las trabajadoras de casas de familia. Se deben fijar según una escala que contempla 10 días hábiles (dos semanas) a partir del año de antigüedad y hasta los cinco años; 15 días hábiles desde los cinco hasta los 10 años de antigüedad; y 20 días hábiles, desde los 10 años hasta los 15 años de antigüedad. En San Pablo una delegación local expuso su reclamo por actualizar la legislación en Argentina.


“Venite el miércoles, suelen decir los patrones, calculando días hábiles e inhábiles, contando sábado y domingo”, contó Manuela Muñoz, titular del Sindicato de Trabajadoras de Casas de Familia que se ocupó en remarcar: “Está claro el decreto y la reglamentación que rige nuestro trabajo. Las vacaciones se calculan en base a los días hábiles”. 

La dirigente del gremio dijo que está pendiente una legislación marco que ponga coto a la arbitrariedad a disposición del patrón que puede disponer las vacaciones en cualquier momento del año. “La fecha la elige la patronal. Sería fundamental poder tomarnos el descanso en una época razonable del año. De todos modos, está estipulado que te tienen que avisar con anticipación para que uno pueda organizarse”, afirmó Manuela. 

SALARIOS. Según la última disposición del Ministerio de Trabajo de la Nación, la resolución 958 de 2012, las remuneraciones mensuales mínimas, por ocho horas de trabajo diarias, son las siguientes. 

En la primera categoría, que comprende a institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses; corresponde un salario mínimo de 3.184,01 pesos y sin retiro (con cama), de 3.549,13 pesos. 

En la segunda categoría, que comprende a los cocineros especializados, mucamas especializadas, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares, con retiro y ocho horas el sueldo será 2.954,95 pesos y con cama se eleva a $3.292,86.

En la tercera categoría, que son los cocineros, mucamos, niñeras en general auxiliares para todo trabajo, ayudantes, caseros y jardineras, el sueldo mínimo será de 2.886,93 pesos. 

En la cuarta categoría, que son aprendices en general de 16 a 17 años de edad, el salario mínimo será de 2.589,85 pesos.

En la quinta, que comprende al personal con retiro que trabaja diariamente, el sueldo mínimo para ocho horas diarias será de 2.589,85. 

El sindicato difundió el pago por hora de servicio doméstico, fijada en 19,74 pesos; y una tabla para calcular el salario mínimo por jornada reducida, en siete, seis, cinco y cuatro horas. 

EN ESPERA. Con relación al nuevo Régimen del Empleo Doméstico, que presentó el Poder Ejecutivo en Diputados de la Nación, se demoró en su tratamiento en el Senado y finalmente tuvo cambios lo que demoró la sanción definitiva de la norma. 

“Venimos siguiendo el tema desde que la presidenta (Cristina Fernández) lo presentó. Y tenemos sentimientos encontrados porque, por un lado, el hecho de que vuelva a Diputados consideramos que va a implicar un año más tal vez sin la ley que es una necesidad urgente. Pero por otro lado sabemos que los dos puntos que se modificaron, que tienen que ver con garantizar la educación de los menores que ingresan a trabajar, son importantísimos y tal vez vale la pena esperar”, puso en la balanza Manuela. 

Por otro lado, rescató que en todo el proceso de debate se puso a salvo todos los derechos y garantías en torno a la licencia por maternidad. “Estaban desde el inicio, se intentaron cambiar pero se han mantenido”, destacó. 

Con relación a las disposiciones respecto de los menores que trabajan, la mujer puso de relieve que el proyecto en tratamiento ahora prevé “que puedan terminar los estudios obligatorios con lo cual la patronal debe dar días de estudio, tienen un horario restringido de trabajo. Además tienen prohibido el trabajo con cama”. 

Delegadas en Brasil 

Un grupo de trabajadoras de casas de familia de la Argentina participaron a fines del 2012 en un encuentro internacional en la ciudad de San Pablo (Brasil). Participaron sindicatos de Chile, Paraguay, Brasil Uruguay y Bolivia con el fin de elaborar estrategias conjuntas en el mundo con el fin de mejorar las condiciones laborales del sector, en línea con el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que reivindican como marco en todos los países firmantes. 

En el encuentro, según informó Manuela Muñoz a EL DIARIO, se compartieron experiencias acerca de la situación laboral y de las necesidades de las trabajadoras de casas de familia. 

“La precarización es una situación presente en todos los países. Hay en el trabajo en el hogar trabajo en negro, trabajo infantil, falta de legislación que nos ampare ante la maternidad”, enfatizó la dirigente que recordó la necesidad de la sanción de una ley en la Argentina “que proteja a las trabajadoras de la esclavitud y la explotación”. 

Uruguay compartió su experiencia. De los presentes, era el único país que había ratificado el convenio 189. “Entre sus logros obtuvieron su primer convenio colectivo y se encontraban luchando por obtener licencia gremial”, destacó. 

“Argentina expuso su lucha, los logros obtenidos pero se dijo de la falta de ley actualizada que iguale nuestra situación a la de cualquier trabajador”, sintetizó. 

Por el blanqueo 

Manuela Muñoz, titular del Sindicato de Trabajadoras de Casas de Familia, informó que siguen trabajando junto al Ministerio de Trabajo de la provincia con la campaña “Empecemos por casa” que promueve el blanqueo de las trabajadoras de casas de familia. 

“Vamos bastante bien. El empleador se empezó a interesar, a asesorarse, supo que no es nada del otro mundo, que es un simple formulario que se baja por internet, una sola vez porque después se hacen fotocopias, que lo puede pagar la empleada. Y de ese modo, cumple con la trabajadora, con la ley y se ahorra un problema”, resumió. 

“Si no se blanquea a la empleada, hay evasión de impuestos. La trabajadora puede hacer una denuncia. Es mejor cumplir”, remarcó. 

Ante la consulta de EL DIARIO, respecto de trabajadoras que prefieren persistir en la situación irregular por temor a perder un plan de asistencia como el Argentina Trabaja, la mujer fue enfática: “Al empleador, hay que decirle que debe insistir en el blanqueo, debe privilegiar su decisión de cumplir con la ley; a la compañera nosotros siempre le decimos, la solución es estar blanqueadas”, dijo. 

Se ocupó en informar que las trabajadoras domésticas no pierden la Asignación Universal por Hijo (AUH) si están blanqueadas. “Nosotros no cobramos Salario Familiar con el sueldo así es que trabajando en blanco no perdemos la asignación”, informó.

Fuente: El Diario

Para mayor información:
http://www.eldiario.com.ar/diario/interes-general/70285-como-son-las-vacaciones-del-empleo-en-el-hogar.htm